Deben ser restituidos todos los intereses cobrados de más.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara en Sentencia de 21 de Diciembre de 2016 que es contraria al Derecho de la Unión Europea la jurisprudencia del Tribunal Supremo de España que venía limitando en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo de una cláusula.